México, en emergencia sanitaria por causas de fuerza mayor por el COVID-19
30 / 03 / 2020
México fue declarado en emergencia sanitaria por fuerza mayor a causa del COVID-19 y estará vigente hasta el 30 de abril 2020, así lo determino el Consejo de Salubridad General la noche de este lunes, por lo que será obligatorio para el resguardo domiciliario para evitar el contagio del virus.
Autoridades del gobierno federal señalaron que debido a que aumentó los casos en el país en estos últimos días a 1,094 casos confirmados, 2,752 casos sospechosos y 28 defunciones, de acuedo a los apenas el jueves pasado había 585 contagios y 8 fallecidos.
Hugo López Gattel, subsecretario de Salud expuso que: “Estamos ya en una fase de ascenso rápido. Estamos justamente en la oportunidad de aprovechar las medidas de mitigación que implican la restricción masiva de millones de personas tienen que restringir su movilidad para que esto pueda tener un efecto positivo”.
Con el nuevo plan, se revisarán más minuciosamente los puertos, hay obligaciones para secretarías como la del Bienestar y de Economía de desarrollar acciones de apoyo a la sociedad, y las carteras del Gobierno deberán volcarse también a "resolver necesidades de recursos humanos, dispositivos médicos y medicamentos".
Se reiteran que las personas que deberán resguardarse obligatoriamente en su domicilio incluyen las personas de más de 60 años, que tengan enfermedades como hipertensión o enfermedad cardiaca, y mujeres embarazadas.
Agregaron que la disposición estará vigente hasta el 30 de abril y que en ningún caso “quiere decir un estado de excepción”. Además, precisó que las empresas y personas que no cumplan con las disposiciones podrían recibir sanciones.
Entre las medidas que se tomarán, figuran la suspensión inmediata, hasta el 30 de abril, de las actividades no esenciales en los sectores público, privado y social “con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus”, afirma el subsecretario de Salud.
En los sectores de gobierno que no pueden detener sus actividades, se redujo el número de personas que podrán estar concentradas a 50 como máximo.
Después del 30 de abril, la Secretaría de Salud emitirá lineamientos para el regreso “escalonado y regionalizado” a las actividades laborales, económicas y sociales.
Entre los acuerdos del Consejo de Salubridad solicitaron, a las diferentes dependencias del gobierno federal y a los tres niveles de gobierno a brindar el apoyo de esta declaración como son:
Primero. A la Secretaría de Gobernación mantener la comunicación y vínculo constante con los poderes de la unión y con los gobiernos de las entidades federativas, así como las representaciones de la sociedad civil y en conjunto con la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería de la Presidencia de la República, los medios de comunicación, para promover el cumplimiento de las medidas descritas en la declaratoria de emergencia.
Asimismo, el Instituto Nacional de Migración deberá tomar las previsiones sanitarias necesarias en puertos, aeropuertos y puntos terrestres de ingreso al territorio nacional para cumplir lo dispuesto en la declaratoria de emergencia sanitaria.
Segundo. A la Secretaría de Hacienda y Crédito, Secretaría de Economía, Secretaría del Trabajo, Instituto Mexicano del Seguro Social, Issste e Infonavit en lo conducente para operar las medidas necesarias a fin de proteger a empresas y trabajadores durante la vigencia de la declaratoria estableciendo comunicación permanente con sus representaciones.
Tres. A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Economía, de Agricultura y Desarrollo Rural, para que se reúnan con los sectores productivos que participan en la producción y distribución de la canasta básica para llevar a cabo acciones eficaces que garanticen el abasto a toda la población.
‘Cuatro. A la Secretaría de Bienestar, del Trabajo y Previsión Social, y aquellas dependencias que tengan atribuciones en la materia, para la aplicación de las decisiones de apoyo social acordadas por el presidente de la república.
Cinco. A la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, de la Defensa Nacional, Secretaría de Marina Armada de México y la Guardia Nacional a tomar las medidas para garantizar la seguridad a las personas y sociedad conforme a sus respectivas atribuciones, así como para la protección y resguardo de instalaciones estratégicas y redes públicas de comunicación, velando siempre por el debido respeto a los derechos humanos.
Sexto. A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de Economía, de Salud, a la Función Pública, Instituto Mexicano del Seguro Social, Insabi, Issste para resolver las necesidades de recursos humanos, equipos, dispositivos médicos y medicamentos que sean necesarios para que se garantice la atención oportuna y suficiente a quienes requieran atención médica en función de la pandemia del COVID-19.
Siete. A la Secretaría de Educación Pública, Conacyt y los centros de educación públicos y privados reunirse para coordinar su aportación inmediata en las tareas de análisis e investigación que contribuyan a hacer frente a la pandemia.
Ocho. A la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para la aplicación de disposiciones de esta declaratoria lo que hace a vuelos, entradas y salidas de aeropuertos y puertos en coordinación con la Secretaría de Marina Armada de México.
Nueve. La Secretaría de la Función Pública acompañará los procesos de adquisición necesarios para atender la emergencia temporal.
Diez. La Secretaría de Relaciones Exteriores hará lo necesario para la protección a los mexicanos en el exterior y apoyará al Sector Salud, Insabi, Instituto Mexicano del Seguro Social e Issste para facilitar el abasto y suministro de insumos médicos para hacer frente al COVID-19.
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